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Aplicable a
- Los vehículos destinados al transporte de mercancías, de servicio público o privado, que circulen con carga o en vacío, cuyo peso máximo autorizado, incluido el de remolques o semirremolques, sea superior a 3,5 toneladas.
- Los vehículos destinados al transporte de viajeros que puedan transportar a más de nueve personas, incluido el conductor, y que se empleen a tal fin. Quedan exceptuados los vehículos destinados a los servicios regulares de viajeros cuyo recorrido no supere los 50 km.
NOTA: La Diputación Foral de Gipuzkoa sólo es competente para tramitar la tarjeta de tacógrafo a personas empadronadas en Gipuzkoa o a empresa con domicilio fiscal en Gipuzkoa.